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Tribunal Administrativo de Cundinamarca mantiene en firme la implementación del nuevo modelo de pasaportes

  • Foto del escritor: Jorge Acosta
    Jorge Acosta
  • hace 3 horas
  • 2 min de lectura

Crédito: Cancillería


El alto tribunal negó la medida cautelar solicitada por la Procuraduría General de la Nación para suspender los desembolsos del convenio suscrito entre el Fondo Rotatorio de la Cancillería, la Imprenta Nacional de Colombia y la Imprenta Nacional Casa da Moeda de Portugal, al considerar que no se acreditaron los requisitos legales para adoptar esa decisión.


El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar presentada por la Procuraduría General de la Nación dentro del proceso de controversias contractuales que busca la nulidad del convenio de cooperación suscrito entre el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Imprenta Nacional de Colombia y la Imprenta Nacional Casa da Moeda de Portugal para la implementación del nuevo modelo de producción y personalización de los pasaportes colombianos.


La solicitud pretendía ordenar la suspensión de los desembolsos previstos en el convenio. Sin embargo, mediante auto del 27 de julio de 2026, el Tribunal concluyó que no se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para decretar la medida cautelar.



En su decisión, el Tribunal señaló, de manera preliminar, que no se acreditó la apariencia de buen derecho invocada por la Procuraduría. Asimismo, advirtió que el convenio encuentra respaldo en el parágrafo primero del artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, norma que autoriza la celebración de contratos o acuerdos con personas extranjeras de derecho público.


La providencia también advirtió que suspender los desembolsos podría afectar la continuidad del servicio público de expedición de pasaportes, con posibles consecuencias sobre un servicio estrechamente relacionado con el ejercicio del derecho fundamental a la libre circulación.


De igual forma, el Tribunal concluyó que la Procuraduría no presentó un estudio técnico o financiero que sustentara el presunto riesgo patrimonial alegado, ni demostró que negar la medida cautelar resultara más gravoso para el interés público que concederla, o que existiera un perjuicio irremediable que justificara su adopción.


El Ministerio de Relaciones Exteriores recibió con respeto esta decisión judicial, que constituye el primer pronunciamiento jurisdiccional sobre los fundamentos jurídicos del nuevo modelo de expedición de pasaportes.


La Cancillería recordó que este modelo hace parte de una política pública orientada a fortalecer las capacidades del Estado para producir y personalizar los documentos de viaje, mediante un esquema de cooperación internacional basado en la transferencia de conocimiento, el fortalecimiento técnico y la incorporación progresiva de infraestructura especializada. Como resultado de este proceso, el país ya cuenta con infraestructura para la personalización de pasaportes y continúa avanzando en el desarrollo de las capacidades necesarias para asumir progresivamente su producción nacional.


El Ministerio de Relaciones Exteriores reiteró su compromiso con el respeto por las decisiones de la Rama Judicial, la defensa jurídica de las actuaciones del Estado y la continuidad de un servicio esencial para millones de colombianos.

 
 
 

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Emily
hace 30 minutos
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