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Superservicios alerta sobre formación ineficiente de precios en el mercado de gas natural y hace recomendaciones regulatorias

  • Foto del escritor: Jorge Acosta
    Jorge Acosta
  • hace 3 horas
  • 5 Min. de lectura

● De acuerdo con un nuevo análisis de la entidad, los precios internos superan en un 199 % el referente internacional Henry Hub.

● Los precios del mercado secundario superan sistemáticamente los del mercado primario, y la demanda regulada paga en promedio un 48,9 % más que la no regulada en 2025, afectando principalmente a los usuarios residenciales y más vulnerables del país.

● Con base en los hallazgos, la Superservicios formula recomendaciones para proteger a los usuarios frente a las dinámicas propias de estos mercados, pues estas prácticas están avaladas por la regulación actual.


Crédito: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios


La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios realizó un análisis estructural de la formación de precios del gas natural en Colombia, identificando distorsiones de mercado que impactan de forma directa a los usuarios residenciales y de pequeñas y medianas empresas (demanda regulada).

 

El informe denominado “Análisis de Formación de Precios del Gas Natural en Colombia: Mercados Primario, Secundario y Minorista”, fue realizado con base en información del Gestor del Mercado de Gas Natural de Colombia y datos de 18 agentes productores del sector para el periodo 2020–2026.

 

En materia de formación de precios, el análisis evidencia que el mercado opera bajo esquemas de libertad vigilada, donde la negociación bilateral y las referencias al costo del gas importado determinan el valor de la molécula, sin que en la mayoría de los casos se incorporen criterios de costo-eficiencia asociados a los costos reales de inversión y producción nacional. Este comportamiento se traduce en que los precios internos superan en un 199 % el referente internacional Henry Hub.

 

De acuerdo con el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Felipe Durán Carrón, “la Superservicios identificó que los precios en el mercado secundario superan sistemáticamente los del mercado primario. Ello revela que son los usuarios más vulnerables quienes absorben las señales de escasez del mercado mayorista”.

 

Durante 2026, los contratos interrumpibles en el mercado secundario alcanzaron un precio promedio de 13,08 USD/MBTU y los firmes de 10,73 USD/MBTU, frente a 8,06 y 8,60 USD/MBTU respectivamente en el mercado primario.

 

Esta dinámica afecta de manera desproporcionada a la demanda regulada, que en 2025 pagó en promedio un 48,9 % más que la demanda no regulada, brecha que se moderó al 21,6 % en 2026, sin desaparecer.

 

De acuerdo con el superintendente Durán, el país debe pensar los cambios de ley y regulatorios necesarios para avanzar hacia un modelo con más equidad y protección de los usuarios, pues no debería haber tanta discrecionalidad en la fijación de precios en el mercado. “Los precios deben estar, además, como lo he dicho el presidente de la República, atados a los costos de producción”, expresó.

 

En consecuencia, la Superservicios realizará seguimiento específico a:

 

· La evolución del diferencial de precios entre los mercados primario, secundario y minorista y su impacto sobre los costos de abastecimiento de la demanda regulada.

· Los mecanismos de formación de precios utilizados por los agentes productores, con énfasis en la coherencia entre las referencias empleadas y los costos reales de producción e inversión nacional.

· La concentración del mercado y la participación de los principales agentes —en particular Ecopetrol (63,15 % de la producción), Hocol (14,66 %) y CNEOG (5,79 %)— en la determinación de los precios mayoristas.

· La operación y los márgenes financieros de los comercializadores en el mercado secundario, identificando prácticas que puedan generar distorsiones en la formación de precios en detrimento de la demanda regulada.

· La disponibilidad efectiva de capacidad de importación de la terminal de la Sociedad Portuaria El Cayao (SPEC LNG) para la atención de la demanda esencial, frente a la actual concentración de su capacidad en el respaldo de la generación térmica.

· El cumplimiento en la calidad y oportunidad del reporte de información al Sistema Único de Información (SUI) y al Gestor del Mercado de Gas Natural en Colombia por parte de los agentes del mercado, incluyendo los productores que no atendieron oportunamente el requerimiento de la Superintendencia.

· La evolución de la contratación bajo modalidades interrumpibles y su impacto sobre la estabilidad y continuidad del suministro para los usuarios finales.

 


Con base en estos hallazgos, la Superservicios formula recomendaciones regulatorias ante la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y las entidades competentes del sector, orientadas a:

 

· Establecer mecanismos regulatorios de formación de precios costo-eficientes para el gas de producción nacional, que incorporen criterios de inversión, producción y operación, reduciendo la dependencia de referencias internacionales desconectadas de la realidad del mercado interno.

· Crear instrumentos de contención o techo de precios en el mercado secundario para la demanda regulada, de manera que los excedentes contractuales no sean transados a precios que trasladen las señales de escasez a los usuarios más vulnerables.

· Ampliar la disponibilidad efectiva de capacidad de la terminal SPEC LNG para la atención de la demanda esencial —residencial, comercial e industrial—, limitando la actual concentración de la infraestructura en el respaldo de un número reducido de agentes del sector termoeléctrico.

· Incorporar el gas destinado a refinerías dentro de las declaraciones oficiales de producción y del mercado primario, con el propósito de visibilizar e incorporar al sistema volúmenes actualmente gestionados fuera del mercado regulado, contribuyendo a aliviar la presión sobre la demanda esencial.

· Fortalecer la transparencia y la competencia en el mercado mayorista, reforzando los indicadores del Gestor del Mercado de Gas Natural en Colombia y promoviendo metodologías de precio que sean verificables, auditables y coherentes con los principios de suficiencia financiera y eficiencia económica establecidos en el régimen de servicios públicos domiciliarios.

· Impulsar el desarrollo acelerado de nueva infraestructura de importación de GNL —incluyendo los proyectos de Ecopetrol en Buga, Coveñas y La Guajira— y la reactivación de las conexiones de transporte con Venezuela, con el fin de diversificar las fuentes de abastecimiento y reducir la dependencia de un único punto de entrada.

· Promover la eficiencia energética en grandes consumidores industriales y en el sector termoeléctrico, favoreciendo la sustitución del gas natural donde sea técnicamente viable, como mecanismo para reducir la presión sobre la demanda agregada del sistema gasífero.

· Establecer mecanismos que garanticen que los agentes productores con participación significativa en el mercado atiendan oportunamente los requerimientos de información de los organismos de inspección, vigilancia y control.

· Crear esquemas de protección y priorización explícita para la demanda esencial —usuarios residenciales, comerciales y pequeños industriales regulados— tanto en el acceso a la molécula como en las condiciones de precio, de manera que, en escenarios de estrechez de oferta, este segmento cuente con mecanismos que garanticen el suministro prioritario y en condiciones tarifarias costo-eficientes, impidiendo que los usuarios más vulnerables sean los primeros en absorber las señales de escasez del mercado mayorista o en enfrentar restricciones de abastecimiento por la prevalencia de demás segmentos de consumo de mayor capacidad contractual.

 

Si en el marco del ejercicio de inspección, vigilancia y control se evidencian incumplimientos regulatorios o prácticas contrarias a los principios de eficiencia económica y suficiencia financiera por parte de los agentes del mercado, la Superintendencia adoptará las medidas administrativas a que haya lugar, en el marco de sus competencias, conforme a lo establecido en el régimen de los servicios públicos domiciliarios.

 

Aumentan importaciones de Gas Natural Licuado

 


El informe revela que Colombia ha transitado de un modelo de autosuficiencia gasífera —sustentado en los grandes campos de producción de La Guajira y los Llanos Orientales— hacia un escenario de estrechez estructural, con un factor de autosuficiencia (R/P) de solo 5,9 años en 2024 y una dependencia creciente de las importaciones de Gas Natural Licuado (GNL).

 

Con destino a la generación térmica, las importaciones de GNL crecieron un 2.546 % en 2023 frente a 2022; 164,6 % adicional en 2024 y decrecieron en 2025 a -20,7 % por cuenta de las lluvias.

 

Esto en un contexto en el que la única infraestructura operativa de importación —la terminal SPEC LNG de Cartagena— concentra aproximadamente el 85 % de su capacidad en el respaldo de tres centrales térmicas de generación eléctrica: (Tebsa – Termobarranquilla, Termocandelaria y Termoflores), dejando apenas 75 GBTUD para la atención de la demanda esencial.

 
 
 

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