"Pedaleando por un sueƱo"
- Jorge Acosta
- hace 11 horas
- 3 Min. de lectura
Un llamado a la solidaridad en favor de niƱos y niƱasĀ
cundinamarqueses.

La Gestora Social, Alexandra Pulido junto con el Gobernador de Cundinamarca Jorge Rey, en un desayuno de trabajo donde fortalecieron la unidad entre la gobernación, los periodistas, la empresa privada con un solo objetivo fortalecer el trabajo del Departamento buscando la solidaridad y acciones propositivas frente a enfermedades terminales y Huérfanas, especialmente en niños y niñas.
La invitación es a todas las empresas del departamento de Cundinamarca, instituciones sociales a unirse a esta bella causa en solidaridad con los que padecen estÔs enfermedades Huérfanas. La cita es en la ciudad de Funza el próximo 23 de noviembre de 2025.
Salvar vidas. Tratamientos Alternativos. Inscripciones abiertas hasta el 16 de noviembre. Por $ 140.000 pesos usted colabora con esta justa causa. Un reconocimiento especial a la Fundación Pallium Colombia promotora de esta gran carrera CiclĆstica "PedaleandoĀ porĀ unĀ sueƱo"
Las enfermedades huérfanas (también llamadas enfermedades raras) son aquellas que afectan a un número muy pequeño de personas en comparación con la población general.
En Colombia, por ejemplo, según la Ley 1392 de 2010, una enfermedad se considera huérfana cuando afecta a menos de 1 persona por cada 5.000 habitantes.
𧬠CaracterĆsticas principales:
Baja frecuencia:Ā Son poco comunes y, por eso, difĆciles de diagnosticar y tratar.
Origen genĆ©tico:Ā La mayorĆa tienen una causa genĆ©tica, aunque tambiĆ©n pueden deberse a infecciones raras, alergias inusuales o causas ambientales.
Diagnóstico complejo: Por su rareza, muchos médicos no las reconocen fÔcilmente, lo que retrasa el diagnóstico.
Tratamiento limitado:Ā Existen pocos medicamentos especĆficos, llamados medicamentos huĆ©rfanos, que son costosos y difĆciles de conseguir.
Impacto alto: Suelen ser crónicas, progresivas y debilitantes, afectando significativamente la calidad de vida de los pacientes y sus familias.
𧔠Ejemplos de enfermedades huérfanas:
Fibrosis quĆstica
Distrofia muscular de Duchenne
SĆndrome de Marfan
Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
Hemofilia
š„ En Colombia:
El Ministerio de Salud tiene un Registro Nacional de Pacientes con Enfermedades Huérfanas, y el sistema de salud debe garantizarles atención integral, diagnóstico y tratamiento, sin discriminación.
Ā 1. Marco legal
En Colombia, las enfermedades huƩrfanas estƔn protegidas por:
Ley 1392 de 2010: reconoce oficialmente a las enfermedades huérfanas y garantiza atención integral a quienes las padecen.
Decreto 1954 de 2012: regula cómo deben ser diagnosticadas, tratadas y registradas.
Resolución 2048 de 2015: crea el Registro Nacional de Pacientes con Enfermedades Huérfanas (RENHUER).
El Estado considera a estos pacientes como población especial de interés en salud pública, lo que significa que deben recibir atención prioritaria y sin barreras.
𩺠2. Diagnóstico y Registro
Cuando un mƩdico sospecha que una persona tiene una enfermedad huƩrfana:
Debe remitirla a un especialista para confirmar el diagnóstico.
Una vez confirmado, el caso se reporta al Registro Nacional (RENHUER).
Esto permite que el paciente entre oficialmente al sistema de protección y seguimiento.
š Estar registrado es importante porque facilita el acceso a tratamientos, medicamentos, citas especializadas y apoyo estatal.
š 3. Tratamiento y medicamentos huĆ©rfanos
Los medicamentos necesarios para estas enfermedades se llaman āmedicamentos huĆ©rfanosā, ya que pocas farmacĆ©uticas los producen.
El Ministerio de SaludĀ los incluye en el Plan de Beneficios en Salud (PBS)Ā cuando hay evidencia cientĆfica de su efectividad.
Si el medicamento no estĆ” en el PBS, se puede solicitar mediante un mecanismo de protección al pacienteĀ (por ejemplo, el ComitĆ© TĆ©cnico-CientĆfico o tutela).
𧔠4. Derechos del paciente con enfermedad huérfana
Toda persona diagnosticada tiene derecho a:
Atención integral y oportuna (sin negación de servicios).
Acceso a medicamentos y tecnologĆas necesarias.
Seguimiento mƩdico especializado.
Rehabilitación y apoyo psicológico.
Participación en programas de investigación o apoyo social.
AdemÔs, no deben pagar copagos ni cuotas moderadoras, según la Ley 1392 de 2010.
š§ 5. Entidades involucradas
Ministerio de Salud:Ā coordina polĆticas y regula la atención.
EPS e IPS: garantizan la prestación de servicios, diagnóstico y tratamientos.
RENHUER (Instituto Nacional de Salud): lleva el registro y seguimiento epidemiológico.
Asociaciones de pacientes:Ā apoyan con asesorĆa, acompaƱamiento y defensa de derechos.











