La doctrina Ker-Frisbie
- Jorge Acosta
- hace 2 días
- 5 Min. de lectura
La doctrina Ker-Frisbie en el Derecho Penal estadounidense: jurisdicción, captura ilegal y tensiones con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Por: Gerardo Duque

“La madrugada del 3 de enero de 2026 fue un día histórico, ya que tuvimos noticia de la extracción de Nicolás Maduro desde Caracas hacia Nueva York, en una maniobra de fuerza que inevitablemente evoca la “Operación Causa Justa” contra Manuel Noriega en 1989. Mientras el mundo procesa las imágenes del mandatario venezolano y su esposa, Cilia Flores, declarándose no culpables ante un tribunal federal, surge la interrogante jurídica fundamental: ¿Es legal juzgar a alguien capturado mediante una intervención militar extranjera sin un proceso de extradición formal? La respuesta de la justicia estadounidense es afirmativa, amparada en una herramienta legal centenaria y férrea conocida como la doctrina Ker-Frisbie.
Este principio jurídico establece una premisa pragmática y contundente: la forma irregular en que un acusado llega al tribunal —ya sea por secuestro, engaño o extracción forzosa— no anula la potestad del juez para procesarlo. La máxima es simple: si el acusado está físicamente presente (la personam jurisdiction), el tribunal tiene competencia. Esta doctrina, cimentada en precedentes históricos como Ker v. Illinois (1886) y Frisbie v. Collins (1952), encontró su validación moderna más agresiva en el caso United States v. Alvarez-Machain (1992). En aquel entonces, la Corte Suprema avaló el juicio a un médico mexicano secuestrado por la DEA, sentenciando que, aunque el secuestro pudiera violar el derecho internacional, no prohibía el juicio interno.
Para la defensa de Maduro, la estrategia natural es alegar la violación de la soberanía venezolana, pero bajo la óptica de Ker-Frisbie, esos reclamos suelen fracasar dentro de la sala de justicia estadounidense. Para la administración Trump, esta acción se justifica como defensa nacional contra un “narcodictador” acusado de conspiración para inundar Estados Unidos de cocaína. El escrito le vincula con las FARC y varios cárteles como el Tren de Aragua, el cartel de los Soles y el cartel de Sinaloa. Así, el juicio avanza bajo la vieja máxima latina 'male captus, bene detentus' (mal capturado, bien detenido), demostrando que para los tribunales norteamericanos, una vez que el acusado cruza la frontera, el fin de la justicia penal justifica los medios de su captura”. (Tomado de la página de la academiaplay.es)
Resumen:

La doctrina Ker-Frisbie, desarrollada por la Corte Suprema de los Estados Unidos a finales del siglo XIX y consolidada a lo largo del siglo XX, sostiene que la ilegalidad en la forma de captura de un acusado no invalida la jurisdicción del tribunal penal que lo juzga. Este artículo analiza el origen, contenido y evolución de dicha doctrina, su reafirmación en casos contemporáneos de extraterritorialidad penal, y las profundas tensiones que genera frente a los estándares actuales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Sistema Interamericano. Se concluye que la doctrina Ker-Frisbie representa un paradigma funcional al poder punitivo del Estado, difícilmente compatible con una concepción garantista del debido proceso.
Palabras clave: Ker-Frisbie, jurisdicción penal, captura ilegal, extradición, debido proceso, derechos humanos.
Introducción:
La expansión del poder punitivo estatal más allá de las fronteras nacionales ha generado complejos debates jurídicos sobre jurisdicción, soberanía y debido proceso. En este contexto, la doctrina Ker-Frisbie del Derecho estadounidense ocupa un lugar central, al permitir que los tribunales ejerzan jurisdicción penal aun cuando el acusado haya sido llevado ante ellos mediante mecanismos ilegales o extrajudiciales.
Esta postura, profundamente pragmática, contrasta con los desarrollos contemporáneos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que exigen legalidad estricta en toda privación de la libertad. El presente artículo examina críticamente la doctrina Ker-Frisbie, su evolución jurisprudencial y sus implicaciones en un orden jurídico internacional cada vez más normativizado.
1. Origen jurisprudencial de la doctrina Ker-Frisbie
1.1 Ker v. Illinois (1886)
En Ker v. Illinois, la Corte Suprema de los Estados Unidos resolvió que el secuestro del acusado en territorio extranjero, sin acudir a los mecanismos de extradición, no impedía su juzgamiento penal. La Corte sostuvo que la legalidad de la captura era un asunto separado de la jurisdicción del tribunal, inaugurando así un criterio de estricta separación entre el acto de aprehensión y la validez del proceso penal.
1.2 Frisbie v. Collins (1952)
Décadas más tarde, en Frisbie v. Collins, la Corte reafirmó esta postura al señalar que el debido proceso constitucional no se ve vulnerado por una captura ilegal, siempre que el juicio posterior cumpla con las garantías fundamentales. De esta forma, se consolidó la doctrina según la cual el proceso penal es autónomo respecto de las irregularidades en la aprehensión del acusado.

2. Contenido normativo de la doctrina Ker-Frisbie
La doctrina puede sintetizarse en el siguiente principio:
La jurisdicción penal de un tribunal no se ve afectada por la forma, incluso ilegal, en que el acusado fue puesto a disposición de la autoridad judicial.
Este enfoque privilegia:
* La eficacia del sistema penal,
* La continuidad del ejercicio de la acción penal,
* La idea de que el debido proceso se satisface en la fase de juzgamiento y no en la de captura.
3. Matizaciones y reafirmaciones contemporáneas
3.1 El intento de limitación: United States v. Toscanino (1974)
En este caso, una corte de apelaciones sugirió que violaciones graves a los derechos humanos, como tortura o tratos crueles, podrían afectar la jurisdicción del tribunal. No obstante, esta postura no fue acogida de manera consistente por la Corte Suprema, quedando como una excepción teórica sin consolidación práctica.
3.2 Reafirmación en United States v. Alvarez-Machain (1992)
La Corte Suprema reafirmó la doctrina Ker-Frisbie al permitir el juzgamiento de un ciudadano mexicano secuestrado en su país por agentes estadounidenses, sosteniendo que el tratado de extradición aplicable no prohibía expresamente tales conductas. Este fallo confirmó la vigencia y fuerza expansiva de la doctrina en el ámbito de la extraterritorialidad penal.
4. Tensiones con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
Desde la perspectiva del Derecho Internacional:
* La captura arbitraria vulnera el derecho a la libertad personal,
* La jurisdicción penal debe ejercerse conforme a la legalidad internacional,
* La soberanía estatal impide intervenciones unilaterales.
En el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la detención ilegal constituye una violación autónoma de la Convención Americana, y puede comprometer la responsabilidad internacional del Estado, aun cuando el proceso penal interno continúe.
5. Análisis crítico: poder punitivo y excepcionalismo jurídico
La doctrina Ker-Frisbie refleja una concepción excepcionalista del Derecho penal estadounidense, en la que:
* La eficacia represiva prevalece sobre la legalidad internacional,
* El acusado es reducido a objeto del ius puniendi,
* El debido proceso se concibe de forma fragmentada.
Este enfoque se aproxima peligrosamente a postulados del Derecho Penal del Enemigo, en los que la condición de sujeto de derechos se ve debilitada frente a intereses de seguridad estatal.

Conclusiones:
La doctrina Ker-Frisbie constituye uno de los ejemplos más claros de la tensión entre soberanía punitiva y derechos humanos. Aunque formalmente vigente, su compatibilidad con los estándares contemporáneos de legalidad, debido proceso y dignidad humana resulta cada vez más cuestionable. En un orden jurídico internacional orientado a la protección de la persona, la permanencia de esta doctrina exige una revisión crítica profunda.
Referencias bibliográficas (sugeridas)
* Ker v. Illinois, 119 U.S. 436 (1886).
* Frisbie v. Collins, 342 U.S. 519 (1952).
* United States v. Alvarez-Machain, 504 U.S. 655 (1992).
* Cassese, A. International Criminal Law. Oxford University Press.
* Ferrajoli, L. Derecho y razón. Trotta.
* Corte IDH, Caso Tibi vs. Ecuador.
* Corte IDH, Caso García y Familiares vs. Guatemala.





